Después de varios meses sin postear en los que han acontecido un montón de cosas quiero aprovechar para publicar una noticia para mi relevante, y primero pongo en situación.
Hacía meses que venía avisando de las denuncias por la LSSI(LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web
, LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web II, LSSI. Tus datos deben figurar en tu página web. Primeras multas !!!) a webmasters que no tenían los datos de contacto puestos en sus webs (son numerosos los casos de personas que han tenido que pagar multas entre 1.000 y 3.000€). Y hasta ahora no ha habido ninguna sentencia exculpatoria que yo sepa. Conclusión. Si no tienes los datos de contacto pagas. Hay que aclarar que sólo es necesario en caso de que haya lucro.
Después de eso muchas cosas: la clara relación entre el ministerio y la SGAE y la sospechosa sentencia del webmaster que se declara culpable cuando nunca había habido ninguna sentencia inculpatoria hasta la fecha. Enrique Dans o David Bravo lo comentaban también en su día.
En ese punto se creo una situación extraña. Después de numerosas sentencias con webmasters que resultaban inocentes todo el mundo estaba tranquilo, parecía que nada podía pasar. Pero esta sentencia cambió un poco el orden de las cosas. Muchos conocidos me preguntaban, tenían miedo. Aquella auto inculpación olía mal y la mayor parte de la comunidad de webmasters p2p estaba tranquila, pero es cierto que otros muchos estaban muy asustado.
Para mi lo importante no era esa sentencia, sino los intereses que había detrás de muchas partes en que apareciera una sentencia de culpabilidad. Algo que mostrar a los medios, a la gente. Algo que dijera lo que ellos quieren decir, que compartir archivos es malo, que vamos a meterlos a todos en el talego, meter el miedo en el cuerpo.
Y aunque la verdad es que no lo consiguieron del todo lo importante era ver… y cómo va a ser la siguiente sentencia ?. Marcará ese caso un antes y un después?.
Pues bien, una nueva sentencia acaba de salir y el resultado es… INOCENTE. Dice el juez: ««Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet, no vulneran, en principio, derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual««.
Es una gran noticia, la verdad. Y aunque en este caso no estaba el ánimo de lucro de por medio, creo que es un dato significativo a tener en cuenta.
Desde aquí quiero felicitar y mandar un abrazo a Jesús, de elrincondejesus.com, que no lo ha pasado nada bien y por fin puede respirar tranquilo.